Infracciones económicas en Rumanía

¿Por qué deberías contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho penal en el proceso penal en Rumanía?

Los delitos económicos tienen una importancia particular en la práctica jurídica, estando regulados tanto por el Código Penal como por leyes especiales. Su relevancia se debe al elevado número de causas que implican infracciones en el ámbito financiero-bancario y económico, ante la proliferación de este tipo de delitos, así como a los desafíos que surgen durante la fase de investigación penal para su comprensión (al tratarse de esquemas financieros a menudo extremadamente complejos), así como a la planificación y ejecución de este tipo de investigaciones penales.

Sin duda, la investigación de delitos económicos implica un nivel de dificultad mucho mayor que en otros ámbitos, debido tanto al carácter eminentemente técnico de los mecanismos económico-financieros como a la complejidad y minuciosidad con que se administran las pruebas en este tipo de procesos penales, aspectos que hacen esencial la asistencia de un abogado especializado en derecho penal en caso de ser acusado de cometer una infracción de este tipo.

¿Qué son los delitos económicos y cuáles son en Rumanía?

Aunque no existe una definición legal concreta de los delitos económicos, podemos afirmar que se refieren a actos ilícitos cometidos en el ámbito económico-financiero. Los principales tipos de delitos económicos tipificados por el Código Penal son la malversación, la evasión fiscal, el blanqueo de capitales, la gestión fraudulenta y la competencia desleal.

Evasión fiscal en Rumanía

El delito de evasión fiscal está tipificado en el art. 9 de la Ley 241/2005 para la prevención y lucha contra la evasión fiscal, según el cual los siguientes actos cometidos con el fin de eludir el cumplimiento de obligaciones fiscales constituyen delitos de evasión fiscal:

  • ocultación del bien o de la fuente imponible o sujeta a impuestos;
  • omisión total o parcial de registrar, en los documentos contables u otros documentos legales, las operaciones comerciales realizadas o los ingresos obtenidos;
  • registro en los documentos contables u otros documentos legales de gastos sin base real u otras operaciones ficticias;
  • alteración, destrucción u ocultación de documentos contables, memorias de dispositivos fiscales o de otros medios de almacenamiento de datos;
  • mantenimiento de doble contabilidad mediante el uso de documentos o medios electrónicos;
  • evasión de las verificaciones financieras, fiscales o aduaneras mediante la no declaración, declaración ficticia o declaración inexacta de los domicilios fiscales principales o secundarios de las personas verificadas;
  • sustracción, degradación o enajenación de bienes embargados por el deudor o por terceros.

Así pues, la evasión fiscal se refiere a las situaciones en que los contribuyentes, de mala fe, ocultan o ignoran su obligación de pago de impuestos, perjudicando con ello al presupuesto del Estado. El hecho puede ser cometido por una persona física o jurídica, o por entidades sin personalidad jurídica que deban impuestos u otras contribuciones.

La evasión fiscal se castiga con prisión de 2 a 8 años e inhabilitación de ciertos derechos, o con multa. El apartado (2) prevé una circunstancia agravante que aumenta los límites de la pena en 5 años si el perjuicio excede los 100.000 euros. El apartado (3) establece un aumento de 7 años si el perjuicio es superior a 500.000 euros.

Blanqueo de capitales en Rumanía

El delito de blanqueo de capitales está tipificado en el art. 49 de la Ley 129/2019 para la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y para la modificación de otras normas, según el cual los siguientes actos constituyen dicho delito:

  • transformación o transferencia de bienes con conocimiento de que proceden de delitos, con el fin de ocultar o disimular el origen ilícito de los mismos o para ayudar al autor del delito a eludir la investigación, enjuiciamiento o ejecución de la pena;
  • ocultación o disimulación de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, disposición, movimiento o propiedad de los bienes o de los derechos sobre ellos, sabiendo que proceden de delitos;
  • adquisición, posesión o uso de bienes por una persona distinta del autor del delito del que proceden los bienes, sabiendo que proceden de un delito.

Así pues, el blanqueo de capitales representa el proceso de ocultar el origen ilícito de bienes o ingresos obtenidos por el autor o por otra persona. En los casos de adquisición, posesión o uso de bienes por parte de un tercero distinto al autor del delito original, el conocimiento del origen ilícito o el propósito deben deducirse de circunstancias objetivas.

El delito se castiga con prisión de 3 a 10 años y también se sanciona la tentativa. El apartado (21) prevé una circunstancia agravante si el delito es cometido por una de las entidades obligadas mencionadas en el art. 5 de la misma ley, en el ejercicio de su actividad profesional. Además, el apartado (3) prevé la aplicación de una o más penas complementarias conforme al art. 136 apartado (3) letras a)-c) del Código Penal n.º 286/2009, cuando el delito ha sido cometido por una persona jurídica.

Competencia desleal en Rumanía

El delito de competencia desleal está tipificado en el art. 2 de la Ley 11/1991 sobre la lucha contra la competencia desleal, según el cual las siguientes prácticas comerciales llevadas a cabo por empresas y/o empleados que contravengan las buenas costumbres y el principio general de buena fe y que causen o puedan causar perjuicio a otras empresas constituyen delito:

  • desprestigio de una empresa competidora o de sus productos/servicios, que perjudique sus intereses legítimos, mediante la difusión por parte de otra empresa o de un empleado actual o anterior de información falsa;
  • captación de clientela de una empresa competidora por parte de un empleado actual o anterior, utilizando información que sabía que constituía secreto comercial o confidencial y cuya divulgación podía perjudicar a la empresa;
  • desacreditación de la actividad de una empresa competidora o de sus productos y servicios, realizada por otra empresa o un exempleado, con acciones que busquen dañar su reputación o credibilidad, por medios distintos de los mencionados en la letra a);
  • cualquier otra práctica comercial contraria a las buenas costumbres y al principio de buena fe que cause o pueda causar perjuicio a la competencia.

El hecho puede ser cometido por una persona física (que puede ser un exempleado o empleado actual) o por una persona jurídica (empresas competidoras).

El Consejo de la Competencia actúa como autoridad administrativa autónoma en materia de competencia y garantiza la protección de las empresas frente a prácticas desleales. La violación de la obligación de lealtad en la competencia puede conllevar responsabilidad civil, administrativa o penal. Según la ley mencionada, las siguientes prácticas constituyen delitos y se sancionan con prisión de 3 meses a 2 años o con multa:

  • uso de una denominación comercial, emblema o embalaje que pueda generar confusión con los utilizados legítimamente por otro comerciante;
  • uso comercial de los resultados de pruebas u otra información confidencial enviada a autoridades competentes con el fin de obtener autorizaciones para productos farmacéuticos o agroquímicos que contengan compuestos nuevos;
  • revelación, adquisición o uso de secretos comerciales por terceros como resultado de espionaje comercial o industrial, si con ello se afectan los intereses o la actividad de una persona jurídica;
  • revelación o uso de secretos comerciales por personas autorizadas por los titulares legítimos para representarlos ante autoridades o instituciones públicas, si ello perjudica los intereses o la actividad de una persona jurídica;
  • uso por parte de personas según lo previsto en el art. 175, apdo. (1) del Código Penal de secretos comerciales conocidos en el ejercicio de sus funciones, si ello perjudica los intereses o actividad de una persona jurídica;
  • producción, importación, exportación, almacenamiento, oferta o venta de bienes o servicios que lleven indicaciones falsas sobre patentes, marcas, diseños, topografías, indicaciones geográficas u otros derechos de propiedad intelectual, como el aspecto de la empresa, diseño del escaparate o uniforme del personal, medios publicitarios, origen y características de los productos o nombre del fabricante o comerciante, con el fin de inducir a error a otros comerciantes y clientes.

Un abogado penalista en Rumanía del equipo de Blaj Law, con experiencia en delitos económicos, está listo para representarte y brindarte asistencia durante todo el proceso penal. Puede apoyarte tanto en la relación con las autoridades de investigación penal durante la etapa de instrucción como ante el tribunal.

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